Este proyecto de ley tiene por objeto el desarrollo del derecho humano al agua. Para la interpretación y aplicación de esta iniciativa, se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes principios: igualdad y no discriminación, equidad, justicia social, solidaridad, diversidad e integridad étnica y cultural, desarrollo sostenible y participación ciudadana, con fundamento en el respeto de la dignidad humana. Todos los habitantes del territorio nacional tendrán derecho a gozar del agua necesaria para satisfacer sus necesidades básicas, cualquiera que sea su etnia, sexo, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica o su situación social, económica o cultural, sin discriminación alguna.
Agrega el PL-2008-N047C que el Estado brindará especial protección a aquellas personas que se encuentran en situación de debilidad manifiesta e intervendrá para corregir las situaciones de desequilibrio en el ejercicio del derecho humano al agua.
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