Jueves , 31 de Julio de 2008 |
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Este proyecto de ley radicado en el Congreso por el movimiento Político Mira tiene por objeto crear la Cuenta de Ahorro Social que será incluida de manera obligatoria en el portafolio de servicios financieros ofrecidos por las entidades bancarias, las cuales brindarán beneficios a la población que no tiene un fácil acceso al sistema financiero por medio de la reducción de algunos costos en los que se incurre al adquirir y mantener un producto de ahorro, buscando así incrementar el nivel de bancarización del país e incentivar a las entidades bancarias a comprometerse con la responsabilidad social empresarial. Según la propuesta, se considera Cuenta de Ahorro Social aquella en la que el monto que ingrese mensualmente no supera los 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, así mismo, su saldo debe ser inferior a 3 salarios mínimos.
Añade el PL-2008-N029S que el usuario de esta cuenta podrá contar con los siguientes beneficios: 1. Cuota de manejo tarjeta cuenta de ahorro: Los establecimientos bancarios no cobrarán cuota de manejo de la tarjeta débito en la Cuenta de Ahorro Social. 2. Transacciones por cajero de la misma red bancaria: Los retiros de los cajeros automáticos realizados en la misma red bancaria de las cuenta del titular no tendrán ningún costo. 3. Reposición de plásticos por deterioro: En el momento en que el usuario de la cuenta requiera cambio de su tarjeta debito por deterioro, el banco cobrará el 1% del salario mínimo legal vigente. 4. Consulta de saldo: Las 3 primeras consultas de saldo que el usuario de la cuenta realice al mes por cualquier medio electrónico como teléfono, Internet y cajero automático de la misma red bancaria serán exentas de pago.
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