Martes , 5 de Agosto de 2008 |
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Se pretende con este proyecto otorgar herramientas adicionales a los investigadores forenses con el fin de realizar de forma ágil la identificación de una persona fallecida cuando los métodos tradicionales de identificación de cadáveres resulten improcedentes por el estado del mismo. Según la iniciativa legislativa las EPS, IPS, ARS, los servicios odontológicos de las fuerzas militares y de policía, los odontólogos particulares deberán llenar de manera obligatoria el registro de la carta dental.
Agrega el PL-2008-N020C que de manera obligatoria los profesionales de la salud oral deberán remitir cada 3 meses en copia magnética y en medio físico una copia de la carta dental a las sedes del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la capital de cada departamento. Así mismo en el periodo establecido deberán enviarse las variaciones sufridas en las cartas dentales que ya han sido enviadas.
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