Martes , 19 de Agosto de 2008 |
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Señala esta iniciativa que todos los deportistas colombianos, en todas las categorías incluido Senior Máster, que a partir de la vigencia de esta ley, reciban reconocimiento en campeonatos nacionales, internacionales, olímpicos o mundiales reconocidos por Coldeportes en categorías de oro, plata o bronce, individualmente o por equipos, tendrán derecho a los siguientes estímulos: Seguro de vida que mínimo, cubra los riesgos de invalidez por accidente o muerte; Seguridad social en salud y Auxilio funerario. Estos estímulos se harán efectivos a partir del reconocimiento obtenido por el deportista y durante el término que se mantenga como titular del mismo. Para acceder a ellos, el titular deberá demostrar ingresos laborales inferiores a cinco (5) salarios mínimos legales vigentes o ingresos familiares inferiores a diez (10) salarios mínimos legales vigentes.
Agrega el PL-2008-N085C que todos los medallistas olímpicos en todas las categorías, además recibirán la suma de doscientos (200) millones de pesos, si el beneficiado obtiene medalla de oro; ciento cincuenta (150) millones de pesos, si obtiene medalla de plata y cien (100) millones de pesos, si obtiene medalla de bronce. Los entrenadores nacionales de los medallistas olímpicos, recibirán la suma de cincuenta (50) millones de pesos por medalla de oro; treinta (30) millones de pesos por medalla de plata y veinte (20) millones de pesos por medalla de bronce. Representante Felipe Fabián Orozco.
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