Lunes , 17 de Septiembre de 2007 |
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El proyecto de ley establece nuevas causales para suspensión y cancelación de la licencia de conducción. Agrega la iniciativa que la licencia de conducción se suspenderá por prestar el servicio público de transporte fuera de las rutas, horarios o frecuencias otorgadas o áreas de operación permitidas; y por causar accidentes de tránsito o cometer infracciones de tránsito que produzcan lesiones personales o la muerte de personas. La licencia de conducción se cancelara por obtener por medios fraudulentos la expedición de una licencia de conducción, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
De otro lado, el proyecto de ley 126/07S convalida cada cinco años los requisitos que dieron origen a su expedición, como medida de control de las autoridades de tránsito. Autor: Senador Jorge Hernando Pedraza.
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