Martes , 16 de Septiembre de 2008 |
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“Quien capte dineros del público, en forma masiva y habitual sin contar con la previa autorización de la autoridad competente, incurrirá en prisión de 61 a 144 meses y multa hasta de 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, es lo que propone un proyecto que modifica el artículo 316 de la ley 599 (Código Penal) presentado por los ministerios Hacienda y el del Interior y de justicia.
El PL-2008-N154S también pretende adicionar el artículo 325A a la Ley 599 o Código Penal para que allí se señale lo siguiente: “El que deliberadamente omita el cumplimiento de los reportes a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) establecidos por el ordenamiento jurídico para las transacciones en efectivo, o para la movilización o almacenamiento de dinero en efectivo, incurrirá, por esa sola conducta, en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses y multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a quince mil (15.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Se exceptúan de lo dispuesto en el presente artículo quienes tengan el carácter de empleados o directores de instituciones financieras o de cooperativas que ejerzan actividades de ahorro y crédito”.
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