Miércoles , 8 de Marzo de 2006 |
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Esta propuesta plantea que los empleadores afiliados o no a los sistemas de previsión y seguridad social, deberán ordenar la práctica de exámenes médicos ‘preocupacionales’ o de admisión a la totalidad de sus trabajadores, de conformidad con las disposiciones vigentes, con el propósito de determinar la aptitud física y mental del empleado para la labor u oficio que vaya a desempeñar. Estas pruebas serán realizadas por la administradora de riesgos profesionales (ARP) con la cual el empleador tenga convenio vigente.
Agrega el proyecto de ley 245/06S que el examen médico ‘preocupacional’ o de admisión será firmado por parte de un médico vinculado a la ARP, los resultados tendrán el carácter de confidenciales y serán de propiedad del trabajador. Únicamente se podrá levantar la reserva sobre los documentos que hacen parte de la historia clínica del paciente en los siguientes casos: 1) cuando medie mandato judicial, 2) por autorización expresa, escrita y con firma autenticada por parte del trabajador interesado y 3) por solicitud de las entidades competentes de previsión y de seguridad social. El empleador deberá mantener los resultados de los exámenes en un lugar seguro, debidamente conservado y a disposición de las autoridades competentes. Autor: HS Ramiro Luna.
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