Viernes , 3 de Febrero de 2006 |
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Esta iniciativa de origen gubernamental propone algunas modificaciones a la ley 300/96 con el objeto de ampliar la base de aportantes de la contribución parafiscal con destino a la promoción y competitividad del turismo, la cual actualmente está a cargo exclusivamente de las agencias de viajes, establecimientos de alojamiento y los restaurantes turísticos. Se ampliarían los aportantes de la contribución parafiscal a los actuales prestadores de servicios turísticos y se incluyen otras actividades y empresas que obtienen reconocidas ventajas del desarrollo de la actividad turística, como las empresas dedicadas a la operación de canotaje, balsaje, espeleología, escalada, operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones, entre otros. La base de la liquidación de la contribución parafiscal se mantiene en el 2.5 por mil de las ventas netas o ingresos operacionales de los aportantes.
Otra de las medidas contempladas en el proyecto de ley 241/05C que busca fortalecer los recursos para la promoción y competitividad del turismo consiste en el cobro de un impuesto a las personas naturales no residentes en Colombia que ingresen al país a través de medios de transporte aéreo de tráfico internacional, este monto será recaudado por las aerolíneas que realicen vuelos internacionales hacia el país y consignado por éstas en una cuenta especial de la Dirección de Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Autores: ministros de Hacienda, Alberto Carrasquilla y Comercio, Jorge Humberto Botero
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