Jueves , 9 de Octubre de 2008 |
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Este proyecto de ley de autoría de la representante Lucero Cortés Méndez declara de interés en salud pública la atención integral de la población adicta a los juegos de suerte y azar o ludopatía, cuya finalidad es proteger, prevenir y mejorar la salud integral del ser humano y su entorno socio-familiar. La enfermedad de la ludopatía se define como un trastorno mental o adicción patológica a los juegos de azar. Es un comportamiento caracterizado por la no capacidad de abstenerse o detenerse respecto al juego. De igual manera está orientada a identificar toda la industria de juego electrónico y de azar, a efecto de que se propongan políticas, planes y programas que contribuyan a la investigación, promoción, prevención y control social del juego patológico.
Añade el PL-2008-N165C que la enfermedad de la ludopatía como parte integral de los programas de salud pública, se atenderá con sujeción a los principios establecidos en la Ley 100 de 1993, Ley 1122 de 2007 y en el Plan Nacional de Salud Pública.
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