Martes , 11 de Noviembre de 2008 |
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El ministro de Defensa, Juan Manuel Santos presentó en el Congreso de la República un proyecto de ley que tiene por objeto establecer el marco jurídico del sector de la vigilancia y la seguridad privada. Señala esta iniciativa que se entenderán por vigilancia y seguridad privada aquellas actividades de protección de carácter preventivo y disuasivo, así como la producción, comercialización y distribución de bienes destinados a la seguridad, el entrenamiento de personal de vigilancia y seguridad privada, tendientes a la disminución de los riesgos relacionados con la vida y los bienes. Estas actividades sólo podrán ser ejercidas por los esquemas de autoprotección y las organizaciones de vigilancia privada.
Añade el PL-2008-N188S que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con base en la potestad discrecional dirigida a proteger la seguridad y la confianza ciudadana, podrá expedir a los esquemas de autoprotección, licencia de funcionamiento para operar hasta por un término de 10 años. Agrega que la licencia de funcionamiento será prorrogable indefinidamente por un término igual al inicialmente otorgado, previa solicitud presentada a la Superintendencia de Vigilancia con 6 meses de anticipación a la pérdida de su vigencia.
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