Viernes , 24 de Agosto de 2007 |
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Señala un proyecto de ley presentado recientemente al Congreso de la República que toda persona natural o jurídica, pública o privada, que organice un espectáculo o una actividad pública, deberá reservar un espacio del 5% del aforo en los sitios donde se realice la actividad, para que sea ocupado exclusivamente por personas con discapacidad.
Agrega el proyecto de ley 096/07C que dicho espacio deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Estar claramente delimitado y señalizado; b) Garantizar la visibilidad, la audición y el goce del espectáculo o la actividad recreativa por desarrollar; c) Contar con una superficie acorde a la magnitud del espectáculo o la actividad recreativa de que se trate; d) Garantizar facilidades de acceso y egreso, tanto desde la entrada como hacia las salidas; así mismo, a las zonas de emergencia y los servicios sanitarios. Autor: Representate Jaime Cervantes Varelo.
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