Martes , 3 de Febrero de 2009 |
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“Para garantizar el derecho a circular libremente por el territorio nacional, a la libertad de empresa y al trabajo, ninguna autoridad administrativa dentro de su respectiva jurisdicción territorial podrá restringir la circulación de vehículos automotores particulares por más de 7 horas en un mismo día”, así lo señala el articulado de un proyecto de ley radicado recientemente en el Congreso de la República.
“Establecer una medida más allá de las horas indicadas en el PL-2009-N254C, sería contrario al ordenamiento jurídico constitucional colombiano, pues de conformidad con nuestra carta política sólo la ley puede establecer limitaciones y restricciones a los derechos fundamentales”, dice el autor de la iniciativa, el representante Nicolás Uribe Rueda.
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