Viernes , 20 de Febrero de 2009 |
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El Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia que negó las pretensiones de la demanda adelantada por Olga Victoria Álvarez contra el municipio de Medellín. La demandante buscaba la nulidad del Decreto 300 en su artículo 6 literal d por medio del cual el alcalde de Medellín suprimió el cargo de Supervisor Control Transporte y Tránsito adscrito a la Sección de Regulación de la División de Control de la Secretaría de Transporte y Tránsito de Medellín y el Decreto 478, mediante el cual se le desvinculó del servicio. El Tribunal dijo que la Ley 617 de 2000 justificó las políticas para reducir el gasto de funcionamiento, siendo una realidad incuestionable que la reducción de personal no necesario es uno de los instrumentos para optimizar el funcionamiento de la entidad demandada.
Además, resaltó que el Jefe de la Administración Municipal para suprimir cargos dentro de la estructura del ente territorial no requiere de un acuerdo municipal que expresamente le otorgue dicha facultad. Así mismo, no hubo pruebas que demostraran que la administración con la supresión del cargo no se inspiró en la modernización, ni en la reducción de los costos de funcionamiento, pues, la administración fundamentó su decisión con una motivación que no fue desvirtuada. CP Bertha Lucía Ramírez De Páez.
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