El Fiscal General de la Nación, Mario Iguarán Arana, presentó en el Congreso una iniciativa que establece los sistemas para la administración de los bienes y recursos que sean puestos a disposición del Fondo Especial para la Administración de Bienes de la Fiscalía General de la Nación, creado por la Ley 906, en los términos en que fue modificada por la Ley 1142, y se reglamenta su funcionamiento.
El Fondo Especial para la Administración de Bienes de la Fiscalía General de la Nación se organizará como un fondo-cuenta sin personería jurídica, de conformidad con las disposiciones presupuestales para los fondos especiales establecidas en el artículo 27 de la Ley 225/95, artículos 11 y 30 del decreto 111 de 1996, y lo dispuesto en esta iniciativa. El Fondo administrará los bienes y, ejercerá el seguimiento, evaluación y control y tomará de manera oportuna las medidas correctivas a que haya lugar para procurar la debida administración de los bienes, en observancia de los principios de la función administrativa, señalados por el artículo 209 de la Constitución Política.
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