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Gobierno, previo concepto del Concejo de riesgos profesionales determinará en forma periódica
 
Año 34 – Bogotá, D.C., Domingo,24 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)

Lunes , 9 de Marzo de 2009
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Gobierno, previo concepto del Concejo de riesgos profesionales determinará en forma periódica
Publicado por Artículo20 en: 2009/03/10 03:54:11 pm
MinProteccion-Concepto-2008-N0359744 2008/12/05

 

“Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional. El Gobierno Nacional, oído el concepto del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como profesionales. Hasta tanto, continuará rigiendo la tabla de clasificación de enfermedades profesionales contenida en el Decreto número 778/87”.



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