Miércoles , 25 de Marzo de 2009 |
|
La norma establece que el servicio de radioaficionado es un servicio de radiocomunicación que busca la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos efectuados por aficionados autorizados que se interesan en la radio experimentación personal y sin ánimo de lucro. El servicio de radioaficionado podrá ser prestado en todo el país, incluyendo aguas territoriales y espacio aéreo, así como también en lugares que, por convenciones internacionales, le reconozcan a Colombia el principio de extraterritorialidad.
Quien quiera ser operador radioaficionado deberá obtener autorización para el funcionamiento de la estación, permiso para el uso del espectro y licencia para acceder al servicio. Se dará prelación absoluta a las transmisiones relacionadas con situaciones de socorro y protección a la vida humana. La licencia no dura más de 10 años, si el radio operador es experto, y de 5 años si es aficionado.
|
|