Con ponencia del magistrado Carlos Isaac Náder, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió a través de la sentencia 21183, no casar el fallo del Tribunal Superior de Medellín y estableció que al accionante le fue reconocida la pensión de jubi
Año 35 – Bogotá, D.C., Lunes,14 de Julio de 2025– ISSN 2322-6382 (En línea)