Con ponencia del magistrado Carlos Isaac Náder, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió a través de la sentencia 21183, no casar el fallo del Tribunal Superior de Medellín y estableció que al accionante le fue reconocida la pensión de jubi
Año 34 – Bogotá, D.C., Lunes,25 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)