Con ponencia del magistrado Carlos Isaac Náder, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió a través de la sentencia 21183, no casar el fallo del Tribunal Superior de Medellín y estableció que al accionante le fue reconocida la pensión de jubi
Año 36 – Bogotá, D.C., Jueves,15 de Enero de 2026– ISSN 2322-6382 (En línea)