Jueves , 26 de Marzo de 2009 |
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“Las entidades prestadoras de Servicios Públicos Domiciliarios, en la difusión de su publicidad en general, deben dejar constancia que se encuentran vigiladas por esta Superintendencia, de conformidad con la Resolución SSPD 658 de 1995. El logo en uso por la Superintendencia de Servicios Públicos corresponde al escudo de Colombia, razón por la cual no necesita un permiso de nuestra parte para su uso. El nombre de la Entidad se maneja en Arial Negrilla”.
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