Jueves , 26 de Marzo de 2009 |
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La competencia para investigar las infracciones a las normas de transporte público automotor en vehículos clase taxi individual y colectivos de pasajeros de radio de acción municipal, mixto radio de acción municipal, es la consagrada en el artículo 3 del Decreto 3366 de 2003, que señala que son autoridades competentes para investigar e imponer las sanciones de transporte en la jurisdicción distrital y municipal los alcaldes o los organismos de transporte o la dependencia en quienes se delegue esta función.
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