El Ministro de Minas presentó el viernes pasado, en la instalación de las sesiones del Congreso, este proyecto de ley por medio del cual se reforma la Ley 685 de 2001, Código de Minas, concretamente en asuntos de contratación. “El Gobierno Nacional también podrá delimitar otras áreas especiales que se encuentren libres, o en las que existan títulos mineros en proceso de terminación y liquidación, sobre las cuales, de conformidad con la información geológica existente, se puede adelantar un proyecto minero de gran importancia para el país, con el objeto de otorgarlas en contrato de concesión a través de un proceso de selección objetiva”, dice la iniciativa.
Señala además, al proponer la reforma del artículo 74 del Código de Minas, que “si para títulos concedidos para minerales diferentes de carbón, caliza o materiales de construcción resulta necesaria una prórroga superior a la prevista en el presente artículo, el concesionario podrá continuar las exploraciones, siempre que el periodo total de esta etapa no supere ocho (8) años, para lo cual deberá sustentar las razones técnicas y económicas respectivas, demostrar los trabajos de exploración realizados, y describir los trabajos que ejecutará”. Proyecto de ley 010-07S. Senado. 7/20/2007.
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