Jueves , 2 de Abril de 2009 |
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La Asociación Sindical de Servidores Públicos del Departamento de Risaralda solicitó la nulidad de la Resolución 1523 expedida por la Coordinadora del Grupo de Relaciones Laborales Individuales y Colectivas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Bogotá. Por medio del acto demandado se revocó directamente la Resolución 1271 de 2002 que canceló en el Registro Sindical la inscripción del Sindicato de Trabajadores del Departamento de Risaralda. La demandante afirmó que el entonces Presidente del Sindicato de Trabajadores del Departamento de Risaralda solicitó al Grupo de Relaciones Laborales Individuales "la cancelación del registro sindical de la organización sindical ya que por decisión de la Asamblea General se disolvió por fusión con la Asociación Sindical de Servidores Públicos del Departamento de Risaralda, organización ésta que absorbería a la disuelta".
El Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 1523 y a manera de restablecimiento del derecho, ordenó el cumplimiento total de la Resolución 1271. Dijo que el demandado violó el debido proceso al no haberle comunicado a la Asociación Sindical de Servidores Públicos del Departamento de Risaralda la actuación administrativa que culminó con la revocatoria de la cancelación de la inscripción. CP Rafael E. Ostau de Lafont Pianeta.
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