El pago de dicha indemnización, de los salarios adeudos a la terminación del contrato de trabajo, así como el valor de las prestaciones sociales, teniendo en cuenta que se encuentra próximo a cumplir el requisito de la edad para acceder a la pensión de vejez, habida cuenta que de acuerdo con lo manifestado y los documentos aportados, el requisito de la densidad de tiempo de cotización ya se encuentra satisfecho, la suma de dinero a recibir por los anteriores conceptos, podría considerarse como suficiente para garantizarle el mínimo vital necesario, hasta cuando le sea reconocida su pensión, luego a priori no podría considerar esta Oficina la existencia de situaciones que vulneren los derechos.
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