Jueves , 16 de Abril de 2009 |
|
La Superfinanciera estableció que “para que una sociedad extranjera pueda ser considerada como internacionalmente reconocida por administrar bolsas de valores, sistemas de negociación de valores o sistemas de registro de operaciones sobre valores deberá acreditar que cuenta con experiencia igual o superior a 5 años administrando en el exterior bolsas de valores, sistemas de negociación de valores o sistemas de registro de operaciones sobre valores, o quien haga sus veces de acuerdo con su respectiva jurisdicción”.
“También se consideran sociedades internacionalmente reconocidas por administrar bolsas de valores, sistemas de negociación de valores o sistemas de registro de operaciones sobre valores, o quien haga sus veces de acuerdo con su respectiva jurisdicción, a los miembros de la Federación Mundial de Bolsas de Valores (WFE por sus siglas en idioma inglés). La sociedad que pretenda ser titular de más del 30% de las acciones de una sociedad colombiana administradora de sistemas de negociación o registro de operaciones sobre valores, será responsable de acreditar ante la Superintendencia Financiera de Colombia el cumplimiento de los supuestos previstos por el artículo 4.1.2.2 de la Resolución 400 de 1995 de la Sala General de la Superintendencia de Valores y la presente Circular Externa”.
|
|