Martes , 28 de Abril de 2009 |
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Este proyecto de ley modifica el artículo 56 de la Ley 643 de 2001 (régimen juegos de suerte y azar) para crear una contribución parafiscal para la vinculación al Régimen General de Seguridad Social de los colocadores independientes profesionalizados de loterías y apuestas permanentes, a cargo de estos y de los concesionarios del juego de apuestas permanentes o chance y de las loterías.
Esta contribución será equivalente al 1% del precio al público de los billetes o fracciones de lotería o del valor aportado en cada formulario o apuesta en las apuestas permanentes para los colocadores independientes profesionalizados de loterías y/o apuestas permanentes y será descontada por las entidades concesionarias de los ingresos a los cuales tienen derecho estos colocadores. A su vez, los concesionarios del juego de apuestas permanentes o chance y de las loterías aportarán el equivalente al 3% de los derechos de explotación que deben reconocer a la entidad administradora del monopolio. La liquidación y pago de la contribución parafiscal a cargo de los concesionarios del juego de apuestas permanentes o chance y de las loterías, la efectuará el respectivo concesionario tomando como base los valores consignados en el formulario de declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación.
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