Viernes , 8 de Mayo de 2009 |
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En la Cámara de Representantes fue radica una iniciativa que prohíbe celebrar contrato o convenio alguno en donde las entidades territoriales entreguen a particulares la administración, fiscalización, liquidación cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados. Además la recepción de las declaraciones así como el recaudo de impuestos y demás pagos originados en obligaciones tributarias podrá realizarse a través de las autoridades autorizadas en los términos del Estatuto Tributario Nacional, sin perjuicio de la utilización de medios de pago no bancarizados. Lo anterior sin perjuicio de los acuerdos suscritos con las entidades fiduciarias en el marco de programas de saneamiento fiscal y financiero o como garantía. Cabe anotar que un proyecto de contenido similar y de origen gubernamental fue archivado el 5 de mayo en plenaria de Cámara.
Agrega el PL-2009-N342C que las entidades territoriales que hayan suscrito algún contrato en estas materias, deberán revisar de manera detallada la suscripción del mismo, de tal forma que si se presenta algún vicio que implique nulidad, se adelanten las acciones legales que correspondan para dar por terminados los contratos, prevaleciendo de esta forma el interés general y la vigilancia del orden jurídico. Igualmente deberán poner en conocimiento de las autoridades competentes y a los organismos de control cualquier irregularidad que en la suscripción de los mismos o en su ejecución se hubiese causado y en ningún caso podrá ser renovado. La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República deberán de oficio revisar los contratos de esta naturaleza que se hayan suscrito por las entidades territoriales.
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