PBX: (1) 245 1728

Usuario:
Clave:
� Olvido su clave ?
Para reajuste de pensión de vejez o invalidez, ciudadanos no tienen que renunciar a beneficios de la jubilación
 
Año 34 – Bogotá, D.C., Domingo,24 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)

Viernes , 8 de Mayo de 2009
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del día Plenaria
Agenda Semanal
Comisiones
Primera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Segunda
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Tercera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Cuarta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Quinta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Sexta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Séptima
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día

 

Regresar   Imprimir
Para reajuste de pensión de vejez o invalidez, ciudadanos no tienen que renunciar a beneficios de la jubilación
Publicado por Artículo20 en: 2009/06/03 09:31:09 am
Corte Suprema de Justicia CSJ-SCL-EXP2009-N32381 Sentencia 2009/02/20

 

José Miguel Ardila demandó al Instituto de Seguros Sociales con el fin de que fuera condenado a pagarle el reajuste de la pensión de vejez y la sanción por no pago o indexación de las condenas. Afirmó que solicitó el reajuste de la pensión y el ISS le contestó que tenía derecho al reajuste, pero que no le pagaba hasta tanto desistiera de la demanda de incrementos por personas a cargo. El Tribunal Superior de Medellín condenó al ISS a pagar a José Miguel Ardila el reajuste de su pensión de vejez, por un total de $27.117.293, por los años 1996 a 2007. Además, fijó el valor de la pensión en $1.539.169 a partir del primero de marzo de 2007, ordenó la indexación de las condenas y declaró parcialmente demostrada la excepción de prescripción.

El Tribunal consideró que no eran válidos los argumentos expuestos por el ISS para no reliquidarle al señor Ardila la pensión de vejez, toda vez que los incrementos pensionales por personas a cargo son un beneficio al que puede acceder la persona que adquiere el estatus de jubilado, completamente ajenos a la pensión de vejez e invalidez, más aún, porque el artículo 31 de la Ley 100 de 1993, permitió la continuidad de las Acuerdos del ISS que no estuvieren en contra de la nueva normatividad. La Corte Suprema de Justicia no casó la sentencia. MP Francisco Javier Ricaurte Gómez.



Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del día Plenaria
Agenda Semanal
Comisiones
Primera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Segunda
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Tercera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Cuarta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Quinta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Sexta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Séptima
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día


 
 
Bogotá gestiondocumental@articulo20.com.coPBX (1) 245 17 28   Carrera 18A # 43-25 Piso 2
 
Ud se encuentra navegando desde la IP 18.191.202.48 Términos y condiciones de uso