Miércoles , 5 de Agosto de 2009 |
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La principal y única finalidad del médico especialista en medicina crítica y cuidados intensivos es dar un tratamiento altamente especializado a los pacientes que por su condición médica de alta complejidad, inestabilidad y gravedad no puedan ser atendidas sino en los servicios de cuidados intensivos y por el personal debidamente entrenado. Según el proyecto, solo podrán llevar el título y ejercer esta especialidad: hayan adquirido el título de medicina y cirugía de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente su entrenamiento en un programa de especialización en medicina crítica y cuidado intensivo en una institución debidamente aprobada y reconocido por los organismos competentes del Gobierno Nacional.
Quienes hayan adquirido el título de medicina y cirugía de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente su entrenamiento en un programa de especialización en medicina crítica y cuidado intensivo en una institución de otro país con el cual Colombia tenga celebrados tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos universitarios y que sea equivalente al otorgado en la República de Colombia, siempre y cuando estos títulos estén refrendados por las autoridades colombianas competentes. Autor del PL-2009-N039C: Representante Jorge Ignacio Morales Gil.
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