Jueves , 13 de Agosto de 2009 |
|
Señala esta propuesta legislativa que sobre las mesadas adicionales de junio y de diciembre que conforme a la ley y a las convenciones colectivas de trabajo tengan derecho a recibir los pensionados por jubilación, vejez, invalidez y sobrevivientes de todos los órdenes y sectores, así como los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, no se podrá realizar por parte de la respectiva entidad pagadora o administradora descuento alguno que tenga el carácter de aporte o descuento fiscal o parafiscal.
“Esta iniciativa persigue evitar que por vía de interpretación las entidades administradoras y pagadoras de pensiones realicen sobre las mesadas adicionales de junio y de diciembre, que reciben los pensionados así como los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, descuentos fiscales o parafiscales tales como aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, a fin de salvaguardar en su integridad el valor de estas mesadas, comúnmente conocidas como “ prima de junio “ y “ prima de navidad” y de esta manera evitar que se deteriore este importante ingreso para los pensionados”, expone el autor de esta iniciativa, el senador Darío Angarita Medellín. PL-2009-N013S.
|
|