Viernes , 14 de Agosto de 2009 |
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Se plantea en la iniciativa que en todos aquellos casos en que la aplicación de las técnicas de reproducción humana asistida sean requeridas, el Plan Obligatorio de Salud (POS), tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, deberán incluir los estudios necesarios de diagnóstico de la infertilidad; el tratamiento y otros estudios requeridos; el material descartable; los procedimientos terapéuticos de reproducción humana asistida de alta y baja complejidad; posibles complicaciones; el embarazo, trabajo de parto, parto y post-parto; cuidados neonatales y la medicación correspondiente en todos los casos.
El Ministerio de Protección Social llevará a cabo campañas de información y de difusión de cuidados de la fertilidad haciendo hincapié en la importancia de la edad de la mujer, la utilización de métodos anticonceptivos adecuados, la prevención de infecciones que puedan afectar la fertilidad, control de enfermedades que incidan en la fertilidad, la interacción con el medio ambiente y su impacto en la fertilidad. Autor del PL-2009-N107C: Representante Musa Besaile Fayad.
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