Lunes , 24 de Agosto de 2009 |
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El proyecto ordena a la Superfinanciera para que de conformidad con sus estatutos unifique y fije las tarifas de comisiones para los servicios que prestan los establecimientos bancarios, consultando y protegiendo los intereses de los usuarios. Señala que para todos los casos, estas tarifas no podrán exceder el valor correspondiente al 5% de un salario diario mínimo legal vigente. Las entidades bancarias quedarán en libertad de cobrar o no las comisiones.
Las tarifas acordadas por la Superintendencia Financiera serán obligatorias para todos los establecimientos bancarios y la misma Superintendencia vigilará su estricto cumplimiento y sancionará a los bancos que las infrinjan, aplicando las medidas previstas en la legislación bancaria. Autor del PL-2009-N118C: Representante Jorge Julián Silva Meche.
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