Lunes , 24 de Agosto de 2009 |
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El proyecto de ley autoriza a las asambleas departamentales y al Concejo de Bogotá, para que ordene la emisión de la estampilla, “Pro-deporte”, la cual podrá determinarse para periodos limitados o en forma indefinida. El producido de la estampilla se destinará principalmente, para que a través de los entes deportivos departamentales de que trata la Ley 181 de 1995, o quien haga sus veces se coadyuve a financiar las siguientes actividades e inversiones sociales, sin perjuicio de otros recursos complementarios establecidos en la ley: Estimular la participación comunitaria y la integración funcional en los términos de la Constitución Política, la Ley general del deporte y las demás normas que lo regulen.
Coordinar y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en el territorio departamental; prestar asistencia técnica y administrativa a los municipios y a las demás entidades del Sistema Nacional del Deporte en el territorio de su jurisdicción; ejecutar los planes departamentales para el desarrollo del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, entre otras. Autora del PL-2009-N120C: Representante María Violeta Niño Morales.
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