Jueves , 3 de Septiembre de 2009 |
|
El objeto de este proyecto es el de prevenir y sancionar la discriminación; promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas a favor de grupos discriminados. Señala el articulado de la iniciativa que las víctimas de discriminación podrán recurrir a la acción de tutela para amparar sus derechos constitucionales fundamentales. Si hubiere otro medio de defensa judicial, la tutela podrá interponerse en todo caso como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.
La Defensoría del Pueblo adelantará una acción social y comunicativa, organizará el sistema de información, pondrá en funcionamiento un centro de documentación y capacitará a las personerías con el fin de promover la igualdad y luchar contra toda forma de discriminación en Colombia. Así mismo la Defensoría del Pueblo deberá difundir y brindar capacitación sobre lo dispuesto en la presente ley. Autor del PL-2009-N150C: Representante Alberto Gordon May.
|
|