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Según proyecto de ley, indemnización por despido a trabajadores oficiales será equivalente a la de empleados públicos de carrera administrativa
 
Año 34 – Bogotá, D.C., Domingo,24 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)

Miércoles , 15 de Agosto de 2007
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Según proyecto de ley, indemnización por despido a trabajadores oficiales será equivalente a la de empleados públicos de carrera administrativa
Publicado por Artículo20 en: 2008/11/20 08:13:40 pm
CongresodelaRepublica- PL-2007-N061C- TO (INDEMNIZACION TRABAJADORES OFICIALES) 2007/08/14

 

Señala el autor de esta iniciativa, el representante Venus Albeiro Silva que el proyecto de ley pretende beneficiar a todos los trabajadores oficiales del país, de los ordenes nacional, departamental, distrital y municipal, al dar una indemnización por despido sin justa causa, equivalente a que tienen los empleados públicos de carrera administrativa, acorde con la ley 909. "Tiene perfecta justificación social que alguien que lleva bastante tiempo al servicio público bajo la figura de trabajador oficial, cuando sea retirado del servicio sin justa causa, tenga por lo menos una indemnización equivalente a los empleos de carrera administrativa", agrega el autor.

Señala el proyecto de ley 061/07C, la terminación unilateral del contrato de trabajo por parte del patrono, dará derecho al trabajador oficial a reclamar la siguiente indemnización: a) Para los que tengan menos de 1  año de servicio a la empresa 45  días de salario; b) Para los que tengan entre 1 y 5  años de servicio a la empresa, 45  días por el primer año y 15 días por cada año siguiente completo o proporcionalmente por cada año incompleto; c) Para los que tengan entre 5 y 10 años de servicio a la empresa, 45 por el primer año y 20 días por cada año siguiente completo o  proporcionalmente por cada año incompleto; y d) Para los que tengan más de 10 años de servicio a la empresa, 45 por el primer año y 40 días por cada año  siguiente completo o proporcionalmente por cada año incompleto. Autor: Representante Venus Albeiro Silva.



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