Jueves , 17 de Septiembre de 2009 |
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El Fondo de Ahorro para la reposición de los equipos de servicio público de transporte terrestre automotor de carga tendrá como objetivos: Facilitar a los propietarios de los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, a través de la cultura del ahorro, la reposición de los mismos, y promover la modernización su parque automotor. El Fondo para la reposición de los equipos de servicio público de transporte terrestre automotor de carga será administrado por el Fondo Nacional de Ahorro. Los recursos que conforman el Fondo solo podrán destinarse para la reposición, salvo cuando el propietario del equipo, una vez cancelada la licencia de tránsito y desintegrado físicamente el vehículo, renuncie al derecho a reponer; evento en el cual se hará devolución del monto ahorrado más los rendimientos financieros.
Agrega el PL-2009-N164C que los recursos del Fondo de ahorro para la reposición del parque automotor de servicio público de transporte terrestre automotor de carga no podrán ser embargados bajo ninguna circunstancia. Autor del PL-2009-N164C: Representante Alonso Acosta Osio.
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