Jueves , 8 de Octubre de 2009 |
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La iniciativa legislativa consta de cuatro artículos orientados a favorecer a aquellos usuarios de vivienda del sector financiero que han pagado dos veces y media o más el crédito hipotecario. El artículo primero señala que a estos usuarios, no les podrán rematar sus inmuebles. El segundo, expresa que quienes tengan procesos en curso por deudas de créditos hipotecarios y estén en la misma situación del artículo primero, serán suspendidos dichos procesos.
El tercero señala que a quienes les hayan rematado sus bienes en las anteriores condiciones, se les devolverá el valor por el cual fue rematado o, se restablecerá el dominio sobre ellos si está en poder del sector financiero. El artículo cuarto se refiere a la vigencia y derogatoria. “Transcurridos casi 10 años de haberse expedido la Ley 546/99, el cobro exagerado de los créditos hipotecarios, hoy en UVR, han despojado de sus viviendas a más de 375 mil familias colombianas, entre el 1 de enero de 2000 al 1 de enero de 2008, por culpa de remates judiciales o daciones en pago propiciados por los bancos, dejando a los antiguos propietarios sin ninguna protección y lo peor aún sin un techo, condición mínima de todo ser humano”, afirma el autor del proyecto, el senador Jesús Bernal Amorocho. PL-2009-N165S.
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