PBX: (1) 245 1728

Usuario:
Clave:
� Olvido su clave ?
Proyecto de ley pretende reglamentar la especialidad de medicina crítica y cuidado intensivo
 
Año 34 – Bogotá, D.C., Domingo,24 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)

Jueves , 22 de Octubre de 2009
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del día Plenaria
Agenda Semanal
Comisiones
Primera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Segunda
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Tercera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Cuarta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Quinta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Sexta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Séptima
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día

 

Regresar   Imprimir
Proyecto de ley pretende reglamentar la especialidad de medicina crítica y cuidado intensivo
Publicado por Artículo20 en: 2009/10/22 11:03:21 am
CongresodelaRepublica- PL-2009-N202C- TO (CUIDADO INTENSIVO) 2009/10/20

 

La medicina crítica y cuidado intensivo es una especialidad de la medicina que se encarga de la vigilancia permanente, diagnostico y tratamiento de los pacientes con alteraciones fisiopatológicas graves que hayan alcanzado un nivel de severidad que representa una amenaza para su vida. Solo podrán llevar el título y ejercer las funciones de esta especialidad: a) Quienes hayan adquirido el título de médico cirujano de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente la especialización en medicina crítica y cuidado Intensivo en una universidad con facultad de medicina, un tiempo no menor de 5 años.

b) Quienes hayan adquirido el título de médico cirujano de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente la especialización en medicina interna, anestesiología y cirugía general aprobado en Colombia y haya realizado la especialización en medicina crítica y cuidado intensivo, con un tiempo no menor de 2 años, en una institución debidamente aprobada y reconocido por los organismos competentes del Gobierno Nacional, y c) quienes hayan adquirido el título de médico cirujano de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente la especialización en medicina crítica y cuidado intensivo en una institución de otro país con el cual Colombia tenga celebrados tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos universitarios y que sea equivalente al otorgado en la República de Colombia. Autor del PL-2009-N202C: Representante Alonso Acosta Osio.



Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del día Plenaria
Agenda Semanal
Comisiones
Primera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Segunda
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Tercera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Cuarta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Quinta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Sexta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Séptima
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día


 
 
Bogotá gestiondocumental@articulo20.com.coPBX (1) 245 17 28   Carrera 18A # 43-25 Piso 2
 
Ud se encuentra navegando desde la IP 3.147.104.18 Términos y condiciones de uso