Miércoles , 18 de Noviembre de 2009 |
|
Según el proyecto de ley, las EPS reconocerán el pago completo de la licencia de maternidad a las afiliadas cotizantes al régimen contributivo, con ingreso igual o inferior a un salario mínimo legal mensual vigente, aun cuando, durante el período de gestación, la cotizante independiente o el empleador hayan realizado el pago de la cotización de manera extemporánea y la EPS se ha allanado a la mora. Lo anterior procede, sin perjuicio de las acciones posteriores a que haya lugar, para lograr el cumplimiento total en las obligaciones pendientes de las afiliadas cotizantes al régimen contributivo del SGSSS.
Añade el PL-2009-N214C que las EPS reconocerá de acuerdo con las normas vigentes, el pago completo de la licencia de maternidad a las afiliadas cotizantes al régimen contributivo, cotizantes independientes con ingreso igual o inferior a un salario mínimo legal mensual vigente, aun cuando la cotizante independiente o el empleador haya dejado de cotizar durante la gestación completa hasta dos períodos o menos. Sí el empleador o la cotizante independiente ha dejado de cotizar más de dos períodos, el pago de la licencia de maternidad se hará proporcional al tiempo cotizado durante todo el período real de gestación. Autor: Representante Jaime Cervantes.
|
|