Viernes , 12 de Diciembre de 2025 |
|
Artículo 1°. Objeto. El objeto de la presente ley busca brindar herramientas financieras a los departamentos y municipios para emitir la estampilla “Pro-Participación Juvenil”, cuyos recursos serán administrados por el respectivo ente territorial, con el fin de financiar garantizar la operatividad de los escenarios de participación juvenil descritos en el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, expedido en la Ley 1622 del 2013, modificada por la Ley 1885 del 2018, para la población juvenil.
|
|