Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley 1622 de 2013, modificada por la Ley 1885 de 2018, para establecer un capítulo nuevo al Título IV, donde se establezcan estímulos e incentivos para los consejeros y consejeras de juventud y plataformas de juventud, para que puedan cumplir de manera eficiente y digna las funciones de participación, interlocución, concertación, vigilancia, control y las demás que les asigne la ley.
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