Lunes , 27 de Julio de 2026 |
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Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto delimitar la responsabilidad penal aplicable a las lesiones personales que ocurran en el desarrollo de actividades deportivas, profesionales o aficionadas, cuando las conductas de los partícipes desborden los reglamentos oficiales y configuren dolo o culpa; así como establecer mecanismos obligatorios de aseguramiento para la protección de la integridad de los deportistas profesionales.
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