Miercoles , 22 de Abril de 2026 |
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Artículo 1°. Objeto.
La presente ley tiene por objeto adicionar un parágrafo al artículo 53 de la Ley 1333 de 2009, con el fin de priorizar la destinación social de los productos y subproductos forestales maderables decomisados de manera definitiva para su utilización en las modalidades de construcción y mejoramiento de Vivienda de Interés Social Rural (VISR), promoviendo prácticas de bioconstrucción con enfoque de reparación territorial y ambiental.
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