Artículo 1. Objeto. La presente ley tiene por objeto reconocer el derecho al cuidado, establecer sus garantías básicas y crear el Sistema Nacional del Cuidado como instancia de articulación institucional, territorial, comunitaria, económica, social e híbrida destinada a garantizar el derecho de todas las personas a cuidar, a ser cuidadas, a recibir apoyos o asistencia cuando lo requieran, y al autocuidado, en condiciones de dignidad, autonomía, igualdad, accesibilidad y corresponsabilidad.
|