Martes , 7 de Julio de 2026 |
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Artículo 1°. Objeto. Declárese como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, el Festival Cultural del Corpus Christi celebrado anualmente en Anolaima en el departamento de Cundinamarca, municipio reconocido como la Capital frutera de Colombia, en donde los campesinos locales, en un acto de fe, tradición y cultura, elaboran grandes artesanías con las frutas que producen en su territorio.
Artículo 2°. Reconocimiento e inclusión en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI) del Festival Cultural del Corpus
Christi en Anolaima Cundinamarca. Reconózcase el Festival Cultural del Corpus Christi en Anolaima Cundinamarca como una tradición cultural, religiosa y agrícola en Anolaima, Cundinamarca. La titularidad del Patrimonio Cultural Inmaterial estará sometida a las reglas contenidas en la Ley 397 de
1997, al Decreto número 2941 de 2009 y demás normas concordantes.
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