Artículo 1. Objeto. La presente ley tiene por objeto contribuir a garantizar el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas y la soberanía alimentaria de la población colombiana, promover la transición agroecológica hacia sistemas agroalimentarios sostenibles, reconocer y proteger los conocimientos y prácticas ancestrales y milenarias de los pueblos indígenas originarios de Colombia, de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y de las comunidades campesinas, erradicar el hambre y la malnutrición, fomentar la producción, disponibilidad, el acceso, así como el consumo de alimentos en cantidad y calidad nutricional suficiente, sostenible y culturalmente apropiada a través de la creación y puesta en marcha del Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación -SNGPDHA- y la adopción de otras medidas.
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