Martes , 18 de Noviembre de 2025 |
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Artículo 1º. Objeto. La presente ley tiene por objeto adicionar los artículos 2º de la ley 1843 de 2017 y el 129 de la ley 769 de 2002 para que se fije como criterio y condición en la implementación de los sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones al tránsito, la identificación plena del infractor y así garantizar los principios de responsabilidad subjetiva y culpabilidad en el marco de los procesos contravencionales que surjan como consecuencia del uso de estas herramientas tecnológicas.
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