La existencia de disputa entre posibles beneficiarios como causa que excluye la obligación de pagar intereses moratorios
Subtemas: Requisitos materiales para la pensión especial (mínimo de semanas, invalidez calificada y dependencia económica); La no exigencia de la condición de “padre o madre cabeza de familia” para acceder al beneficio; Naturaleza resarcitoria de los intereses moratorios y su procedencia frente al retardo en el pago; Plazo administrativo para resolver la solicitud y cómputo del inicio de los intereses (cuatro meses desde la petición); Valor probatorio del dictamen médico y de la prueba testimonial/interrogatorio para acreditar la dependencia y necesidad de cuidado.
Publicado por Artículo20 en: 2026/06/03
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-N/A
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