Declaración de importación es exigible al importador y no al tercero que adquirió de buena fe de la mercancía
Cuando la mercancía se encuentra en poder de un tercero, no es procedente exigir que además demuestre su adquisición nacional de manera eficiente, si se tiene en cuenta, que la obligación aduanera es de carácter personal y que, es al importador a quien corresponde presentar la declaración de importación y acreditar su legalidad.
Publicado por Artículo20 en: 2013/02/07
Consejo de Estado- Sentencia-2012-N
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