ASEADORA NO FUE VINCULADA EN PLANTA DE PERSONAL Línea jurisprudencial sobre requisitos esenciales para configurarse la existencia de funcionario de hecho
La línea jurisprudencial permite establecer que “los requisitos esenciales para la configuración del funcionario de hecho son que exista de jure el cargo y la función ejercidas irregularmente y que el cargo se haya ejercido en la misma forma y apariencia como si lo hubiese desempeñado un empleado vinculado en debida forma”.
Publicado por Artículo20 en: 2014/08/22
Consejo de Estado--2014-N
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