PROCESO DISCIPLINARIO PREVIO Vigencia de la ley procesal en el tiempo: ¿con qué norma se califican y juzgan los vicios de una sentencia judicial?
Las causales de revisión son las vigentes al momento de la expedición de la sentencia impugnada, adicionando que el artículo 29 de la Constitución Política permite la inclusión de otras que diseñe el legislador dentro de su libertad para configurar el ordenamiento, y en procura de la justicia material, que es una de las finalidades del recurso extraordinario de revisión: Consejo de Estado.
Publicado por Artículo20 en: 2016/04/04
Consejo de Estado--2015-N
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