AL REVISAR O FOTOCOPIAR EL EXPEDIENTE Texto fallo: Notificación por conducta concluyente no procede al revisar el expediente de responsabilidad administrativa
Autoridades administrativas, obligadas a proceder con sujeción al debido proceso en la iniciación de los procedimientos administrativos, su desarrollo, la formación de los actos administrativos, su ejecución y aplicación y, de manera general, en toda manifestación de la administración pública: Corte.
Publicado por Artículo20 en: 2016/04/08
Corte Constitucional-Sentencia-2016-N
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